Ética, sección 291 · INDEPENDENCIA – OTROS ENCARGOS DE ASEGURAMIENTO Estructura de la sección

Párrafo 291.103 Aplicación del marco conceptual en relación con la independencia

Los apartados 291.104 a 291.119 mencionan la materialidad de un interés financiero, préstamo o aval, o la significatividad de una relación empresarial. Con el fin de determinar si un interés es material para una persona, pueden tenerse en cuenta su patrimonio neto y el de los miembros de su familia inmediata. Intereses financieros 291.104 Tener un interés financiero en el cliente de un encargo de aseguramiento puede originar una amenaza de interés propio. La existencia de una amenaza y la significatividad de la misma dependen: a) del papel de la persona que tiene el interés financiero b) de si el interés financiero es directo o indirecto, y c) de la materialidad del interés financiero.

Código de Ética, sección 291, párrafo 291.103. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 54 del documento de origen .

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