Ética, sección 140 · Confidencialidad
Párrafo 140.5 Confidencialidad
El profesional de la contabilidad tomará medidas razonables para asegurar que el personal bajo su control y las personas de las que obtiene asesoramiento y apoyo respetan el deber de confidencialidad del profesional de la contabilidad.
Código de Ética, sección 140, párrafo 140.5. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 6 del documento de origen .