CINIIF 6 · Obligaciones surgidas de la Participación en Mercados Específicos—Residuos de Aparatos Eléctricos y Electrónicos
Párrafo 5 Antecedentes
Varios términos empleados en esta Interpretación, como “cuota de mercado” y “periodo de medición”, pueden definirse de maneras muy diferentes en la legislación aplicable en cada Estado miembro. Por ejemplo, el periodo de medición puede ser un año o sólo un mes. De manera similar, la evaluación de la cuota de mercado y las fórmulas para calcular la obligación pueden diferir en las diversas legislaciones nacionales. No obstante, todos estos ejemplos afectan únicamente a la medición de la obligación, cuestión que es ajena al alcance de esta Interpretación.
Interpretación CINIIF 6, párrafo 5. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 766 del documento de origen .