CINIIF 21 · Gravámenes
Párrafo 9 Acuerdo
Una entidad no tiene una obligación implícita de pagar un gravamen que se generará por operar en un periodo futuro como consecuencia de que dicha entidad esté forzada económicamente a continuar operando en ese periodo futuro.
Interpretación CINIIF 21, párrafo 9. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 796 del documento de origen .