CINIIF 21 · Gravámenes

Párrafo 12 Acuerdo

Si una obligación de pagar un gravamen se genera cuando se alcanza un umbral mínimo, la contabilización del pasivo que surge de esa obligación será congruente con los principios establecidos en los párrafos 8 a 14 de esta Interpretación (en particular, los párrafos 8 y 11). Por ejemplo, si el suceso que da origen a la obligación es alcanzar un umbral de actividad mínima (tal como un importe mínimo de ingreso de actividades ordinarias o ventas generadas o productos fabricados), el pasivo correspondiente se reconocerá cuando se alcanza ese umbral de actividad mínima.

Interpretación CINIIF 21, párrafo 12. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 796 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Acuerdo»

Toda la CINIIF 21 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.