Artículo 627 del Estatuto Tributario
Información de la registraduria nacional del estado civil
Libro Quinto — Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales Título II — Deberes y obligaciones formales Capítulo III — Otros deberes formales de los sujetos pasivos de obligaciones tributarias y de terc...
- Expide:
- Presidencia de la República
- Año:
- 1989
La Registraduría Nacional del Estado Civil deberá suministrar a la Dirección General de Impuestos Nacionales , en un medio magnético, la información de las cédulas correspondientes a personas fallecidas. La Registraduría actualizará cada año la información a que hace referencia e...
La Registraduría Nacional del Estado Civil deberá suministrar a la Dirección General de Impuestos Nacionales<1>, en un medio magnético, la información de las cédulas correspondientes a personas fallecidas.
La Registraduría actualizará cada año la información a que hace referencia este artículo, la cual deberá entregarse a más tardar el 1o. de marzo.
Jurisprudencia
Corte Constitucional
- Artículo declarado EXEQUIBLE por la Corte Constitucional mediante Sentencia C-981-05 de 26 de septiembre de 2005, Magistrada Ponente Dra. Clara Inés Vargas Hernández, únicamente en cuanto que la materia regulada en esta disposición no está sujeta a reserva de ley estatutaria.
El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.
Esta ficha reproduce el texto tal como lo publica la fuente citada y se actualiza cuando la fuente se actualiza. Ante cualquier duda manda la edición oficial, y nada de esto es asesoría profesional.