Artículo 555 del Estatuto Tributario

Capacidad y representación

Libro Quinto — Procedimiento tributario, sanciones y estructura de la dirección de impuestos nacionales Título I — Actuación Normas generales

Expide:
Presidencia de la República
Año:
1989

Los contribuyentes pueden actuar ante la Administración Tributaria personalmente o por medio de sus representantes o apoderados. Los contribuyentes menores adultos pueden comparecer directamente y cumplir por sí los deberes formales y materiales tributarios.

Fuente original compilada: L. 52/77 Art. 74

Los contribuyentes pueden actuar ante la Administración Tributaria personalmente o por medio de sus representantes o apoderados.

Los contribuyentes menores adultos pueden comparecer directamente y cumplir por sí los deberes formales y materiales tributarios.

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El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.

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