Artículo 212 del Estatuto Tributario
Renta exenta de las zonas francas
Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios Título I — Renta Capítulo VII — Rentas exentas Zonas francas
Este artículo está derogado. No está vigente. Sigue publicado porque hace falta para revisar declaraciones de años anteriores y para entender de dónde viene la norma que lo reemplazó.
- Expide:
- Presidencia de la República
- Año:
- 1989
Este artículo está derogado y no se aplica. Artículo derogado a partir del año gravable 2007, por el artículo 13 de la Ley 1004 de 2005.
<Artículo derogado a partir del año gravable 2007, por el artículo 13 de la Ley 1004 de 2005>
Notas de vigencia
Artículo derogado por el artículo 13 de la Ley 1004 de 2005, publicada en el Diario Oficial No. 46.138 de 31 de diciembre de 2005.
Inciso 1o. derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de 1995, publicada en el Diario Oficial No. 42.160 del 22 de diciembre de 1995.
Inciso adicionado por el artículo 115 de la Ley 6 de 1992, publicada en el Diario Oficial No. 40.490, de 30 de junio de 1992.
Legislación anterior
Ojo: lo que sigue es texto derogado o sustituido. Se conserva porque sirve para leer una declaración de un año anterior o para seguir la discusión de un proceso, no para liquidar con él.
Texto vigente del Estatuto Tributario antes de su derogatoria:
<Inciso 1 derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de 1995>
<Inciso adicionado por el artículo 115 de la Ley 6 de 1992. El nuevo texto es el siguiente:> Las Zonas Francas estarán exentas del impuesto sobre la renta y complementarios.
Texto original del Estatutu Tributario:
ARTÍCULO 212. RENTA EXENTA DE LAS ZONAS FRANCAS. Las Zonas Francas, en su calidad de establecimientos públicos, están exentas del pago de impuestos, contribuciones, gravámenes y renta de carácter nacional con excepción del impuesto nacional sobre ventas, de conformidad con las normas que regulan la materia.
El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.
Esta ficha reproduce el texto tal como lo publica la fuente citada y se actualiza cuando la fuente se actualiza. Ante cualquier duda manda la edición oficial, y nada de esto es asesoría profesional.