Artículo 212 del Estatuto Tributario

Renta exenta de las zonas francas

Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios Título I — Renta Capítulo VII — Rentas exentas Zonas francas

Este artículo está derogado. No está vigente. Sigue publicado porque hace falta para revisar declaraciones de años anteriores y para entender de dónde viene la norma que lo reemplazó.

Expide:
Presidencia de la República
Año:
1989

Este artículo está derogado y no se aplica. Artículo derogado a partir del año gravable 2007, por el artículo 13 de la Ley 1004 de 2005.

<Artículo derogado a partir del año gravable 2007, por el artículo 13 de la Ley 1004 de 2005>

Notas de vigencia

  • Artículo derogado por el artículo 13 de la Ley 1004 de 2005, publicada en el Diario Oficial No. 46.138 de 31 de diciembre de 2005.

  • Inciso 1o. derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de 1995, publicada en el Diario Oficial No. 42.160 del 22 de diciembre de 1995.

  • Inciso adicionado por el artículo 115 de la Ley 6 de 1992, publicada en el Diario Oficial No. 40.490, de 30 de junio de 1992.

Legislación anterior

Ojo: lo que sigue es texto derogado o sustituido. Se conserva porque sirve para leer una declaración de un año anterior o para seguir la discusión de un proceso, no para liquidar con él.

Texto vigente del Estatuto Tributario antes de su derogatoria:

<Inciso 1 derogado por el artículo 285 de la Ley 223 de 1995>

<Inciso adicionado por el artículo 115 de la Ley 6 de 1992. El nuevo texto es el siguiente:> Las Zonas Francas estarán exentas del impuesto sobre la renta y complementarios.

Texto original del Estatutu Tributario:

ARTÍCULO 212. RENTA EXENTA DE LAS ZONAS FRANCAS. Las Zonas Francas, en su calidad de establecimientos públicos, están exentas del pago de impuestos, contribuciones, gravámenes y renta de carácter nacional con excepción del impuesto nacional sobre ventas, de conformidad con las normas que regulan la materia.

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El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.

Esta ficha reproduce el texto tal como lo publica la fuente citada y se actualiza cuando la fuente se actualiza. Ante cualquier duda manda la edición oficial, y nada de esto es asesoría profesional.

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