Artículo 190 del Estatuto Tributario

El conpes podra fijar las tasas diferenciales por efecto de los avaluos catastrales

Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios Título I — Renta Capítulo VI — Renta liquida Normas aplicables a partir de 1990

Expide:
Presidencia de la República
Año:
1989

El Consejo Nacional de Política Económica y Social -CONPES-, podrá revisar y fijar tasas generales o diferenciales para la renta presuntiva, cuando mediante estudios adelantados por el Gobierno determine que la incidencia de los avalúos catastrales sobre el monto de esta renta, s...

El Consejo Nacional de Política Económica y Social -CONPES-, podrá revisar y fijar tasas generales o diferenciales para la renta presuntiva, cuando mediante estudios adelantados por el Gobierno determine que la incidencia de los avalúos catastrales sobre el monto de esta renta, sea especialmente onerosa para algunos sectores de la economía.

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El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.

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El Consejo Nacional de Política Económica y Social -CONPES-, podrá revisar y fijar tasas generales o diferenciales para la renta presuntiva, cuando mediante estudios adelantados por el Gobierno determine que la incidencia de los avalúos catastrales sobre el monto de esta renta, s...

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