Artículo 101 del Estatuto Tributario
Las sumas pagadas como renta vitalicia son deducibles
Libro Primero — Impuesto sobre la renta y complementarios Título I — Renta Capítulo IV — Rentas brutas especiales Renta vitalicia y fiducia mercantil
- Expide:
- Presidencia de la República
- Año:
- 1989
Son deducibles las sumas periódicas pagadas en el año o período gravable a título de renta vitalicia, hasta el total del reembolso del precio o capital. De allí en adelante sólo es deducible el valor de las sumas periódicas que no excedan del límite señalado en el artículo anteri...
Fuente original compilada: D. 2053/74 Art. 63
Son deducibles las sumas periódicas pagadas en el año o período gravable a título de renta vitalicia, hasta el total del reembolso del precio o capital. De allí en adelante sólo es deducible el valor de las sumas periódicas que no excedan del límite señalado en el artículo anterior.
El texto oficial y vigente de esta norma se consulta en la fuente que la expidió: DIAN, Función Pública o la Secretaría del Senado.
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