Sección 9 · Estados Financieros Consolidados y Separados

Párrafo 9.22 Participaciones no controladoras en subsidiarias

El resultado y cada componente de otro resultado integral se atribuirán a los propietarios de la controladora y a las participaciones no controladoras. El resultado integral total deberá atribuirse a los propietarios de la controladora y a las participaciones no controladoras aún si esto diera lugar a un saldo deudor de estas últimas.

NIIF para las Pymes, sección 9, párrafo 9.22. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 26 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Participaciones no controladoras en subsidiarias»

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