Sección 9 · Estados Financieros Consolidados y Separados
Párrafo 9.22 Participaciones no controladoras en subsidiarias
El resultado y cada componente de otro resultado integral se atribuirán a los propietarios de la controladora y a las participaciones no controladoras. El resultado integral total deberá atribuirse a los propietarios de la controladora y a las participaciones no controladoras aún si esto diera lugar a un saldo deudor de estas últimas.
NIIF para las Pymes, sección 9, párrafo 9.22. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 26 del documento de origen .