Sección 35 · Transición a la NIIF para las PYMES
Párrafo A1 Apéndice A Fecha de vigencia y transición
Modificaciones de 2015 a la Norma Internacional de Información Financiera (NIIF para las PYMES), emitidas en mayo de 2015, modificó los párrafos 1.3, 2.22, 2.47, 2.49–2.50, 4.2, 4.12, 5.4 y 5.5, 6.2 y 6.3, 9.1 a 9.3, 9.16, 9.18, 9.24 a 9.26, 9.28, 11.2, 11.4, 11.7, 11.9, 11.11, 11.13–11.15, 11.27, 11.32, 11.44, 12.3, 12.8–12.9, 12.23, 12.25, 12.29, 14.15, 15.21, 16.10, 17.5 y 17.6, 17.15, 17.31 y 17.32, 18.8, 18.20, 19.2, 19.11, 19.14 y 19.15, 19.23, 19.25 y 19.26, 20.1, 20.3, 21.16, 22.8 y 22.9, 22.15, 22.17 y 22.18, 26.1, 26.9, 26.12, 26.16 y 26.17, 26.22, 27.1, 27.6, 27.14, 27.30 y 27.31, 28.30, 28.41, 28.43, 30.1, 30.18, 31.8 y 31.9 33.2, 34.7, 34.10 y 34.11, 35.2, 35.9 a 35.11 y el glosario de términos, revisó la Sección 29 y añadió los párrafos 1.7, 2.14A a 2.14D, 9.3A a 9.3C, 9.23A, 10.10A, 11.9A y 11.9B, 17.15A–17.15D, 17.33, 22.3A, 22.15A y 22.15C, 22.18A y 22.18B, 22.20, 26.1A y 26.1B, 34.11A a 34.11F, 35.12A y A2 y A3. Una entidad aplicará estos párrafos a los periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2017. Las modificaciones a las Secciones 2 a 34 se aplicarán retroactivamente de acuerdo con la Sección 10 excepto por lo que se señala en el párrafo A2. Se permite la aplicación anticipada de Modificaciones de 2015 a la NIIF para las PYMES. Si una entidad aplicase Modificaciones de 2015 a la NIIF para las PYMES en un período que comience con anterioridad, revelará este hecho.
NIIF para las Pymes, sección 35, párrafo A1. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 136 del documento de origen .