Sección 28 · Beneficios a los Empleados
Párrafo 28.15 Medición del pasivo por beneficios definidos
Una entidad medirá un pasivo por beneficios definidos correspondiente a sus obligaciones bajo planes de beneficios definidos por el total neto de los siguientes importes: (a) el valor presente de sus obligaciones bajo los planes de beneficios definidos (sus obligaciones por beneficios definidos) en la fecha sobre la que se informa (los párrafos 28.16 a 28.22 proporcionan una guía para medir esta obligación). (b) menos el valor razonable en la fecha de presentación de los activos del plan (si los hubiere) que se emplearán para la cancelación directa de las obligaciones. Los párrafos 11.27 a 11.32 establecen requerimientos para determinar los valores razonables de los activos del plan que son activos financieros.
NIIF para las Pymes, sección 28, párrafo 28.15. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 107 del documento de origen .