Sección 23 · Ingresos de actividades ordinarias
Párrafo 23.29 Intereses, regalías y dividendos
Una entidad reconocerá los ingresos de actividades ordinarias de acuerdo con las siguientes bases: (a) los intereses se reconocerán utilizando el método del interés efectivo como se describe en los párrafos 11.15 a 11.20. (b) las regalías se reconocerán utilizando la base de acumulación (o devengo), de acuerdo con la esencia del acuerdo correspondiente; y (c) Los dividendos se reconocerán cuando se establezca el derecho a recibirlos por parte del accionista.
NIIF para las Pymes, sección 23, párrafo 23.29. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 88 del documento de origen .