Sección 23 · Ingresos de actividades ordinarias
Párrafo 23.28 Intereses, regalías y dividendos
Una entidad reconocerá los ingresos de actividades ordinarias procedentes del uso por terceros de activos de la entidad que producen intereses, regalías y dividendos de acuerdo con las bases establecidas en el párrafo 23.29, cuando: (a) sea probable que la entidad obtenga los beneficios económicos asociados con la transacción; y (b) el importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda ser medido de forma fiable.
NIIF para las Pymes, sección 23, párrafo 23.28. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 88 del documento de origen .