Sección 22 · Pasivos y Patrimonio
Párrafo 22.20 Información a revelar
Si el valor razonable de los activos a distribuir, como se describe en los párrafos 22.18 y 22.18A no puede medirse con fiabilidad sin esfuerzo o costo desproporcionado, la entidad revelará ese hecho y las razones por las que una medición del valor razonable fiable involucraría un esfuerzo o costo desproporcionado. Apéndice a la Sección 22 Ejemplo de la contabilización de deuda convertible por parte del emisor Este Apéndice acompaña a la Sección 22 pero no forma parte de ella. Proporciona una guía para la aplicación de los requerimientos de los párrafos 22.13 a 22.15. El 1 de enero de 20X5, una entidad emite 500 bonos convertibles. Los bonos son emitidos a la par con un valor nominal de 100 u.m. por título y son por cinco años, sin costos de transacción. El importe total de la emisión es de 50.000 u.m. El interés es pagadero anualmente al final del periodo, a una tasa de interés anual del 4 por ciento. Cada bono es convertible, a discreción del emisor, en 25 acciones ordinarias en cualquier momento hasta el vencimiento. En el momento de la emisión de los bonos, la tasa de interés de mercado para una deuda similar sin posibilidad de conversión es del 6 por ciento. Cuando se emite el instrumento, primero se debe valorar el componente de pasivo, y la diferencia entre el importe total de la emisión (que es el valor razonable del instrumento en su totalidad) y el valor razonable del componente de pasivo se asigna al componente de patrimonio. El valor razonable del componente de pasivo se calcula mediante la determinación de su valor presente usando la tasa de descuento del 6 por ciento. A continuación se ilustran los cálculos y los asientos en el libro diario: u.m. Importe de la emisión del bono (A) 50.000 Valor presente del principal al final de cinco años (véanse abajo los cálculos)
NIIF para las Pymes, sección 22, párrafo 22.20. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 82 del documento de origen .