Sección 19 · Combinaciones de Negocios y Plusvalía

Párrafo 19.26 Para todas las combinaciones de negocios

La adquirente revelará información sobre las vidas útiles utilizadas para la plusvalía y una conciliación del importe en libros de la plusvalía al principio y al final del periodo, mostrando por separado: (a) los cambios que surgen de las nuevas combinaciones de negocios; (b) las pérdidas por deterioro del valor; (c) las disposiciones de negocios adquiridos previamente; y (d) otros cambios. No es necesario presentar esta conciliación para periodos anteriores.

NIIF para las Pymes, sección 19, párrafo 19.26. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 67 del documento de origen .

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.