Sección 18 · Activos Intangibles Distintos de la Plusvalía
Párrafo 18.2 Alcance de esta sección
Un activo intangible es un activo identificable, de carácter no monetario y sin apariencia física. Un activo es identificable cuando: (a) es separable, es decir, es susceptible de ser separado o dividido de la entidad y vendido, transferido, explotado, arrendado o intercambiado, bien individualmente junto con un contrato, un activo o un pasivo relacionado; o (b) surge de un contrato o de otros derechos legales, independientemente de si esos derechos son transferibles o separables de la entidad o de otros derechos y obligaciones.
NIIF para las Pymes, sección 18, párrafo 18.2. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 60 del documento de origen .