Sección 15 · Inversiones en Negocios Conjuntos
Párrafo 15.3 Definición de negocio conjunto
Un negocio conjunto es un acuerdo contractual mediante el cual dos o más partes emprenden una actividad económica que se somete a control conjunto. Los negocios conjuntos pueden tomar la forma de operaciones controladas de forma conjunta, activos controlados de forma conjunta, o entidades controladas de forma conjunta.
NIIF para las Pymes, sección 15, párrafo 15.3. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 51 del documento de origen .