Sección 15 · Inversiones en Negocios Conjuntos
Párrafo 15.1 Alcance de esta sección
Esta sección se aplica a la contabilización de negocios conjuntos en los estados financieros consolidados y en los estados financieros de un inversor que, no siendo una controladora, tiene participación en uno o más negocios conjuntos. El párrafo 9.26 establece los requerimientos para la contabilización de las participaciones en un negocio conjunto en estados financieros separados.
NIIF para las Pymes, sección 15, párrafo 15.1. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 51 del documento de origen .