Sección 11 · Instrumentos Financieros Básicos
Párrafo 11.38 Baja en cuentas de un pasivo financiero
La entidad reconocerá en los resultados cualquier diferencia entre el importe en libros del pasivo financiero (o de una parte de un pasivo financiero) cancelado o transferido a un tercero y la contraprestación pagada, incluyendo cualquier activo transferido que sea diferente del efectivo o del pasivo asumido.
NIIF para las Pymes, sección 11, párrafo 11.38. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 39 del documento de origen .