Sección 11 · Instrumentos Financieros Básicos
Párrafo 11.34 Baja en cuentas de un activo financiero
Si una transferencia no da lugar a una baja en cuentas porque la entidad ha conservado riesgos y ventajas significativos inherentes a la propiedad del activo transferido, la entidad continuará reconociendo el activo transferido en su integridad, y reconocerá un pasivo financiero por la contraprestación recibida. El activo y pasivo no deberá compensarse. En periodos posteriores, la entidad reconocerá cualquier ingreso por el activo transferido y cualquier gasto incurrido por el pasivo financiero.
NIIF para las Pymes, sección 11, párrafo 11.34. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 38 del documento de origen .