Sección 10 · Políticas, Estimaciones y Errores Contables
Párrafo 10.13 Información a revelar sobre un cambio de política contable
Cuando una modificación a esta Norma tenga un efecto en el periodo corriente o en cualquier periodo anterior, o pueda tener un efecto en futuros periodos, una entidad revelará: (a) la naturaleza del cambio en la política contable; (b) el importe del ajuste para cada partida afectada de los estados financieros para el periodo corriente y para cada periodo anterior del que se presente información, en la medida en que sea practicable; (c) el importe del ajuste relativo a periodos anteriores a los presentados, en la medida en que sea practicable; y (d) una explicación en el caso de que la determinación de los importes a revelar de los apartados (b) o (c) no sea practicable. No es necesario repetir esta información a revelar en estados financieros de periodos posteriores.
NIIF para las Pymes, sección 10, párrafo 10.13. Anexo 2 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 29 del documento de origen .