NIIF 9 · Instrumentos Financieros
Párrafo B4.3.10 Instrumentos que contienen derivados implícitos
Esta designación podría ser utilizada tanto cuando el párrafo 4.3.3 requiera la separación de los derivados implícitos del contrato anfitrión, como cuando la prohíba. No obstante, el párrafo 4.3.5 no justificaría la designación del contrato híbrido como al valor razonable con cambios en resultados en los casos establecidos en el párrafo 4.3.5(a) y (b), porque al hacerlo no se reduciría la complejidad ni se incrementaría la fiabilidad.
Norma Internacional de Información Financiera 9, párrafo B4.3.10. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 559 del documento de origen .