NIIF 9 · Instrumentos Financieros

Párrafo 6.5.9 Coberturas del valor razonable

Cuando una partida cubierta en una cobertura del valor razonable es un compromiso en firme (o un componente de éste) para adquirir un activo o asumir un pasivo, el importe en libros inicial del activo o pasivo que resulte del cumplimiento por parte de la entidad del compromiso en firme, se ajustará para incluir el cambio acumulado en el valor razonable de la partida cubierta que fue reconocido en el estado de situación financiera.

Norma Internacional de Información Financiera 9, párrafo 6.5.9. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 518 del documento de origen .

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