NIIF 7 · Instrumentos Financieros: Información a Revelar

Párrafo B38 Ganancias o pérdidas en la baja de cuentas [párrafo 42G(a)]

El párrafo 42G(a) requiere que una entidad revele la ganancia o pérdida en la baja en cuentas relacionada con los activos financieros en los que la entidad tiene implicación continuada. La entidad revelará si una ganancia o pérdida en la baja en cuentas surgió porque los valores razonables de los componentes del activo reconocido con anterioridad (es decir la participación en el activo dado de baja en cuentas y la participación retenida por la entidad) eran diferentes del valor razonable del activo reconocido anteriormente como un todo. En esa situación, la entidad también revelará si las mediciones del valor razonable incluían datos de entrada significativos que no estaban basadas en información de mercado observable, como se describe en el párrafo 27A.

Norma Internacional de Información Financiera 7, párrafo B38. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 489 del documento de origen .

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