NIIF 7 · Instrumentos Financieros: Información a Revelar
Párrafo B11D Información a revelar de tipo cuantitativo sobre el riesgo de liquidez [párrafos 34(a) y 39(a) y (b)]
Los importes contractuales a revelar en los análisis de vencimientos, tal como se requieren en el párrafo 39(a) y (b), son los flujos de efectivo contractuales no descontados, por ejemplo: (a) pasivos por arrendamiento brutos (sin deducir los cargos financieros); (b) precios especificados en los acuerdos de compra en el futuro de activos financieros en efectivo; (c) importes netos de las permutas de intereses por las que se intercambian flujos de efectivo netos; (d) importes contractuales a intercambiar en un instrumento financiero derivado (por ejemplo una permuta financiera de divisas) por los que se intercambian flujos de efectivo brutos; y (e) los compromisos de préstamo, en términos brutos. Estos flujos de efectivo no descontados difieren de los importes incluidos en el estado de situación financiera, porque las cantidades de ese estado se basan en flujos de efectivo descontados. Cuando el importe a pagar no sea fijo, el importe revelado se determinará por referencia a las condiciones existentes al final del periodo sobre el que se informa. Por ejemplo, cuando el importe a pagar varíe con los cambios de un índice, el importe revelado puede estar basado en el nivel del índice al final del periodo sobre el que se informa.
Norma Internacional de Información Financiera 7, párrafo B11D. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 485 del documento de origen .