NIIF 3 · Combinaciones de Negocios
Párrafo 17 Clasificación y designación de activos identificables adquiridos y pasivos asumidos en una combinación de negocios
Esta NIIF estipula dos excepciones al principio incluido en el párrafo 15: (a) la clasificación de un contrato de arrendamiento en el que la adquirida es un arrendador como un arrendamiento operativo o un arrendamiento financiero de acuerdo con la NIIF 16 Arrendamientos; y (b) la clasificación de un contrato como un contrato de seguro de acuerdo con la NIIF 4 Contratos de Seguro. La adquirente clasificará esos contratos sobre la base de las condiciones contractuales y de otros factores al comienzo del contrato (o, si las condiciones del contrato han sido modificadas de una manera que cambiaría su clasificación, a la fecha de esa modificación, que puede ser la de adquisición).
Norma Internacional de Información Financiera 3, párrafo 17. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 397 del documento de origen .