NIIF 2 · Pagos Basados en Acciones
Párrafo 10 Aspectos generales
En las transacciones con pagos basados en acciones que sean liquidadas mediante instrumentos de patrimonio, la entidad medirá los bienes o servicios recibidos, así como el correspondiente incremento en el patrimonio, directamente al valor razonable de los bienes o servicios recibidos, a menos que dicho valor razonable no pueda ser estimado con fiabilidad. Si la entidad no pudiera estimar fiablemente el valor razonable de los bienes o servicios recibidos, medirá su valor, y el correspondiente aumento en el patrimonio, de forma indirecta, por referencia al44 valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos.
Norma Internacional de Información Financiera 2, párrafo 10. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 371 del documento de origen .