NIIF 16 · Arrendamientos
Párrafo B6 Exención de reconocimiento: arrendamientos para los que el activo subyacente es de bajo valor (párrafos 5 a 8)
Un arrendamiento de un activo subyacente no cumple los requisitos de un arrendamiento de un activo de bajo valor si la naturaleza del activo es tal que, cuando es nuevo, el activo no es habitualmente de bajo valor. Por ejemplo, los arrendamientos de vehículos no cumplirían los requisitos de activos de bajo valor porque un vehículo nuevo no sería habitualmente de bajo valor.
Norma Internacional de Información Financiera 16, párrafo B6. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 741 del documento de origen .