NIIF 16 · Arrendamientos

Párrafo B11 Identificación de un arrendamiento (párrafos 9 a 11)

Un contrato para recibir bienes o servicios puede realizarse mediante un acuerdo conjunto, o en nombre de un acuerdo conjunto, como se define en la NIIF 11 Acuerdos Conjuntos. En este caso, el acuerdo conjunto se considera que es el cliente en el contrato. Por consiguiente, al evaluar si un contrato contiene un arrendamiento, una entidad evaluará si el acuerdo conjunto tiene el derecho de controlar el uso de un activo identificado a lo largo de todo el periodo de uso.

Norma Internacional de Información Financiera 16, párrafo B11. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 741 del documento de origen .

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