NIIF 14 · Cuentas de Diferimientos de Actividades Reguladas
Párrafo 2 Objetivo
Para alcanzar este objetivo, la Norma requiere: (a) cambios limitados en las políticas contables que se aplicaban de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados anteriores (PCGA anteriores) para los saldos de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas, que se relacionan principalmente con la presentación de estas cuentas; y (b) revelar información que: (i) identifique y explique los importes reconocidos en los estados financieros de la entidad que surgen de la regulación de tarifas; y (ii) ayude a los usuarios de los estados financieros a comprender el importe, calendario e incertidumbre de los flujos de efectivo futuros procedentes de los saldos de las cuentas de diferimientos de actividades reguladas que se reconocen.
Norma Internacional de Información Financiera 14, párrafo 2. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 684 del documento de origen .