NIIF 11 · Acuerdos Conjuntos
Párrafo B16 Acuerdos conjuntos no estructurados a través de un vehículo separado
Un acuerdo conjunto que no está estructurado a través de un vehículo separado es una operación conjunta. En estos casos, el acuerdo contractual establece los derechos de las partes a los activos y las obligaciones con respecto a los pasivos relativos al acuerdo, y los derechos a los ingresos de actividades ordinarias y las obligaciones con respecto a los gastos que correspondan a las partes.
Norma Internacional de Información Financiera 11, párrafo B16. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 635 del documento de origen .