NIIF 11 · Acuerdos Conjuntos
Párrafo B14 Tipos de acuerdo conjunto (párrafos 14 a 19)
La clasificación de acuerdos conjuntos requerida por esta NIIF depende de los derechos y obligaciones de las partes que surgen del acuerdo en el curso normal de negocio. Esta NIIF clasifica los acuerdos conjuntos como operaciones conjuntas o negocios conjuntos. Cuando una entidad tiene derechos sobre los activos y obligaciones con respecto a los pasivos relativos al acuerdo, éste es una operación conjunta. Cuando una entidad tiene derechos sobre los activos netos del acuerdo, éste es un negocio conjunto. Los párrafos B16 a B33 establecen la evaluación que una entidad llevará a cabo para determinar si tiene una participación en una operación conjunta o en un negocio conjunto.
Norma Internacional de Información Financiera 11, párrafo B14. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 635 del documento de origen .