NIIF 11 · Acuerdos Conjuntos

Párrafo 7 Control conjunto

Control conjunto es el reparto del control contractualmente decidido de un acuerdo, que existe solo cuando las decisiones sobre las actividades relevantes requieren el consentimiento unánime de las partes que comparten el control.

Norma Internacional de Información Financiera 11, párrafo 7. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 630 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Control conjunto»

Toda la NIIF 11 →

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.