NIIF 11 · Acuerdos Conjuntos
Párrafo 26 Estados financieros separados
En sus estados financieros separados, un operador conjunto o participante en un negocio conjunto contabilizará su participación en: (a) una operación conjunta de acuerdo con los párrafos 20 a 22; (b) un negocio conjunto de acuerdo con el párrafo 10 de la NIC 27 Estados Financieros Separados.
Norma Internacional de Información Financiera 11, párrafo 26. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 632 del documento de origen .