NIIF 10 · Estados Financieros Consolidados
Párrafo B73 Relación con otras partes
Al evaluar el control, un inversor considerará la naturaleza de su relación con otras partes y si éstas están actuando en nombre del inversor (es decir, son “agentes de facto”). La determinación de si otras partes están actuando como agentes de facto requiere de juicio profesional, considerando no solo la naturaleza de la relación sino también la forma en que esas partes interactúan entre ellas y el inversor.
Norma Internacional de Información Financiera 10, párrafo B73. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 618 del documento de origen .