NIIF 10 · Estados Financieros Consolidados
Párrafo B47 Derechos de voto potenciales
Al evaluar el control, un inversor considerará sus derechos de voto potenciales, así como los derechos de voto potenciales mantenidos por otras partes, para determinar si tiene poder. Los derechos de voto potenciales son derechos a obtener derechos de voto de una participada, tales como los que surgen de instrumentos u opciones convertibles, incluyendo contratos a término. Esos derechos de voto potenciales se considerarán únicamente si son sustantivos (véanse los párrafos B22 a B25).
Norma Internacional de Información Financiera 10, párrafo B47. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 610 del documento de origen .