NIIF 10 · Estados Financieros Consolidados
Párrafo B17 Derechos que otorgan poder a un inversor sobre una participada
Cuando los derechos de voto puedan no tener un efecto significativo sobre los rendimientos de una participada, tales como cuando los derechos de voto relacionados únicamente con tareas administrativas y acuerdos contractuales determinen la dirección de las actividades relevantes, el inversor necesitará evaluar esos acuerdos contractuales para determinar si tiene derechos suficientes que le den poder sobre la participada. Para determinar si un inversor tiene derechos suficientes para darle poder, el inversor considerará el propósito y diseño de la participada (véanse los párrafos B5 a B8) y los requerimientos de los párrafos B51 a B54 junto con los párrafos B18 a B20.
Norma Internacional de Información Financiera 10, párrafo B17. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 604 del documento de origen .