NIIF 1 · Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera
Párrafo D12 Diferencias de conversión acumuladas
La NIC 21 requiere que una entidad: (a) reconozca algunas diferencias de conversión en otro resultado integral y las acumule en un componente separado de patrimonio; y (b) reclasifique la diferencia de conversión acumulada surgida en la disposición de un negocio en el extranjero, (incluyendo, si procede, las pérdidas y ganancias de coberturas relacionadas) del patrimonio a resultados como parte de la pérdida o ganancia derivada de la disposición.
Norma Internacional de Información Financiera 1, párrafo D12. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 365 del documento de origen .