NIIF 1 · Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

Párrafo B9 Derivados implícitos

Una entidad que adopta por primera vez las NIIF evaluará si se requiere que un derivado implícito se separe de su contrato anfitrión y se contabilice como un derivado basándose en las condiciones existentes en la fecha en que la entidad se convirtió por primera vez en parte del contrato o en la fecha en que se requiera una nueva evaluación según el párrafo B4.3.11 de la NIIF 9, si ésta fuese posterior.

Norma Internacional de Información Financiera 1, párrafo B9. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 359 del documento de origen .

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