NIIF 1 · Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

Párrafo B3 Baja en cuentas de activos financieros y pasivos financieros

Con independencia de lo establecido en el párrafo B2, una entidad podrá utilizar los requerimientos de baja en cuentas de la NIIF 9 de forma retroactiva desde una fecha a elección de la entidad, siempre que la información necesaria para aplicar la NIIF 9 a activos financieros y pasivos financieros dados de baja en cuentas como resultado de transacciones pasadas se obtuviese en el momento del reconocimiento inicial de esas transacciones.

Norma Internacional de Información Financiera 1, párrafo B3. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 357 del documento de origen .

Los demás párrafos de «Baja en cuentas de activos financieros y pasivos financieros»

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