NIIF 1 · Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera
Párrafo 29A Designación de activos financieros o pasivos financieros
De acuerdo con el párrafo D19, se permite a una entidad designar un pasivo financiero reconocido anteriormente como un pasivo financiero al valor razonable con cambios en resultados. La entidad revelará el valor razonable de los pasivos financieros así designados en la fecha de designación, así como sus clasificaciones e importes en libros en los estados financieros anteriores.
Norma Internacional de Información Financiera 1, párrafo 29A. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 353 del documento de origen .