NIER 2400 · (Revisada): ENCARGOS DE REVISIÓN DE ESTADOS FINANCIEROS HISTÓRICOS

Párrafo A23 Escepticismo profesional y juicio profesional

La aplicación del juicio profesional en una revisión concreta se basa en los hechos y en las circunstancias que el profesional ejerciente conoce en el transcurso del encargo, incluidos: • En su caso, el conocimiento adquirido en la realización de otros encargos con relación a los estados financieros de la entidad correspondientes a ejercicios anteriores. • El conocimiento que tiene el profesional ejerciente de la entidad y de su entorno, así como de su sistema contable y de la aplicación del marco de información financiera aplicable en el sector en el que opera la entidad. • La medida en que la dirección tiene que aplicar su juicio para la preparación y presentación de los estados financieros.

Norma Internacional de Encargos de Revisión 2400, párrafo A23. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 29 del documento de origen .

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