NIEA 3000 · (Revisada): encargos de aseguramiento distintos de la auditoría o de la revisión de información financiera histórica

Párrafo A73 Control de calidad

Se puede utilizar el trabajo de otro profesional ejerciente, por ejemplo, en relación con una materia subyacente objeto de análisis en una localidad remota o en una jurisdicción extranjera. Esos otros profesionales ejercientes no forman parte del equipo del encargo. Cuando el equipo del encargo prevé utilizar el trabajo de otro profesional ejerciente, pueden ser consideraciones relevantes: • Si el otro profesional ejerciente conoce y cumple con los requerimientos de ética que son aplicables al encargo y, en especial, si es independiente. • La competencia profesional del otro profesional ejerciente. • El alcance de la participación del equipo del encargo en el trabajo del otro profesional ejerciente. • Si el otro profesional ejerciente desarrolla su actividad en un entorno regulado en el que se supervisa activamente a ese profesional ejerciente. Responsabilidades de revisión (Ref: Apartado 33(c))

Norma Internacional de Encargos de Aseguramiento 3000, párrafo A73. Anexo 4 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 68 del documento de origen .

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