NIC 39 · Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición

Párrafo 83 Designación de grupos de elementos como partidas cubiertas

Los activos y pasivos similares solo serán agregados y cubiertos en grupo cuando compartan la exposición al riesgo que está designado como cubierto. Además, debe esperarse que el cambio en el valor razonable atribuible al riesgo cubierto para cada partida individual en el grupo sea aproximadamente proporcional al cambio total en el valor razonable que sea atribuible al riesgo cubierto del grupo de partidas.

Norma Internacional de Contabilidad 39, párrafo 83. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 315 del documento de origen .

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