NIC 39 · Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición
Párrafo 82 Designación de partidas no financieras como partidas cubiertas
Si la partida cubierta es un activo o un pasivo no financiero, será designado como partida cubierta, (a) por los riesgos asociados con las monedas extranjeras, o bien (b) en su totalidad por todos los riesgos que soporte, debido a la dificultad de aislar y medir de manera adecuada los cambios en los flujos de efectivo o en el valor razonable, atribuibles a riesgos específicos distintos de los relacionados con las monedas extranjeras.
Norma Internacional de Contabilidad 39, párrafo 82. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 314 del documento de origen .