NIC 38 · Activos intangibles
Párrafo 96 Vida útil
La existencia de los siguientes factores, entre otros, indicará que la renovación de los derechos legales es prácticamente segura, sin incurrir en un costo significativo: (a) existe evidencia, posiblemente basada en la experiencia, de que se renovarán los derechos contractuales u otros derechos legales. Si la renovación es contingente porque precise del consentimiento de un tercero, es necesario contar con la evidencia de que el tercero accederá; (b) existe evidencia de que las condiciones necesarias para obtener la renovación serán satisfechas; y (c) el costo de renovación para la entidad no es significativo en comparación con los beneficios económicos futuros que se espera que fluyan a la entidad a causa de la renovación. Si el costo de la renovación es significativo en comparación con los beneficios económicos futuros que se espera que fluyan a la entidad a raíz de la renovación, los costos de “renovación” representarán, en el fondo, el costo de adquisición de un nuevo activo intangible en la fecha de renovación.
Norma Internacional de Contabilidad 38, párrafo 96. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 305 del documento de origen .