NIC 38 · Activos intangibles
Párrafo 74 Modelo del costo
Con posterioridad a su reconocimiento inicial, un activo intangible se contabilizará por su costo menos la amortización acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor.
Norma Internacional de Contabilidad 38, párrafo 74. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 302 del documento de origen .