NIC 38 · Activos intangibles

Párrafo 74 Modelo del costo

Con posterioridad a su reconocimiento inicial, un activo intangible se contabilizará por su costo menos la amortización acumulada y el importe acumulado de las pérdidas por deterioro del valor.

Norma Internacional de Contabilidad 38, párrafo 74. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 302 del documento de origen .

0 comentarios

Todavía no hay respuestas. Sé quien resuelva esta duda.