NIC 38 · Activos intangibles

Párrafo 125 Activos intangibles medidos posteriormente según el modelo de revaluación

Puede ser necesaria la agregación de las clases de activos intangibles revaluados en clases de mayor tamaño a efectos de información a revelar. No obstante, las citadas clases no se agregarán si de esta presentación pudieran resultar saldos mixtos que incluyeran activos intangibles medidos según el modelo del costo junto con otros medidos según el modelo de revaluación.

Norma Internacional de Contabilidad 38, párrafo 125. Anexo 1 del Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015, página 309 del documento de origen .

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